javier.ruben.marcuzzi en gmail.com
2017-Mar-17 11:52 UTC
[R-es] Pregunta (debate) sobre licencia R
Estimados Sobre el registros, por estos lados el registro es o no es necesario, depende la persona, en otros términos, supongamos que pinto un cuadro, lo coloco en las redes sociales, hay publicación, pero luego aparece en la tapa de una revista muy cara, en ese caso hay registros que dicen que soy el autor, puedo reclamar, sin embargo estaría complicado que alguien acepte que yo pinte La Geoconda (Monalisa), ahora otro puede presentarse en la oficina de propiedad intelectual y decir que lo que yo escribí (sin nombrarme) es de él, y no nunca me entero hasta que me lo reclame. En Argentina (que funciona distinto o similar) la parte (organismo) del estado se llama IMPI, lleva registros de patentes, logos de empresas, obras de arte, software, base de datos, lógicamente no es necesario avisar al estado la propiedad de una persona como puede ser la de un automóvil o casa, pero se puede realizar el registro, y me comentaron casos reales donde realizando la cola había dos personas para lo mismo, y el primero que llega gana, porque esos trámites tienen fecha y hora de inicio, lógicamente son temas legales, que dependen de cosas que no estamos acostumbrados en esta lista, pero en Argentina si desea puede hacer un registro de su propiedad, pero solo sirve en Argentina. Javier Rubén Marcuzzi De: miguel.angel.rodriguez.muinos en sergas.es Enviado: viernes, 17 de marzo de 2017 7:27 Para: fjroar en hotmail.com; r-help-es en r-project.org Asunto: Re: [R-es] Pregunta (debate) sobre licencia R Efectivamente, la protección y cobertura legal, frente al incumplimiento de la licencia, es la misma independientemente del tipo elegido para la obra. En caso de conflicto o incumplimiento, la última palabra la tienen las autoridades competentes. Tampoco es necesario registrarla en ningún sitio (eso se hace en el caso de las patentes, pero esa ya es otra historia -y otro debate-). Un saludo, Miguel. El 17/03/2017 a las 11:07, Francisco Rodríguez escribió: Gracias Miguel Angel, me queda todo mucho mas claro, es que con el tema legal no tengo mucho conocimiento y me invento (o me hacen inventar) algunas cosas, con tu explicación y con la de los anteriores me queda claro, es que alguna cosa que he escuchado por allí y que me daba un poco de miedo ya que alguno ha argumentado en alguna reunion para criticar el software libre y es el tema de la licencia en si, que no da proteccion ninguna a su uso por cualquiera, pero el problema aqui seria similar al caso de una licencia de software privado, lo unico que protege es que por ejemplo en el caso de SAS, ademas de todo lo demas necesitas tener derecho de uso del software (es decir, estar dentro del club, lo cual no es facil como sabeis) y eso lo complica aun mas, pero si lo tienes y haces un plagio, desde luego vendra todo el tema de autoria y derechos de autor. Un saludo, na razie ________________________________ Nota: A información contida nesta mensaxe e os seus posibles documentos adxuntos é privada e confidencial e está dirixida únicamente ó seu destinatario/a. Se vostede non é o/a destinatario/a orixinal desta mensaxe, por favor elimínea. A distribución ou copia desta mensaxe non está autorizada. Nota: La información contenida en este mensaje y sus posibles documentos adjuntos es privada y confidencial y está dirigida únicamente a su destinatario/a. Si usted no es el/la destinatario/a original de este mensaje, por favor elimínelo. La distribución o copia de este mensaje no está autorizada. See more languages: http://www.sergas.es/aviso-confidencialidad [[alternative HTML version deleted]] _______________________________________________ R-help-es mailing list R-help-es en r-project.org https://stat.ethz.ch/mailman/listinfo/r-help-es [[alternative HTML version deleted]]
miguel.angel.rodriguez.muinos en sergas.es
2017-Mar-17 12:13 UTC
[R-es] Pregunta (debate) sobre licencia R
Hola Javier. No hay que confundir el registro de patentes (que tiene que ver con las "invenciones") o, como lo llama vuestro INPI, "la propiedad industrial", con los derechos de autor de una obra. La Monalisa no es patentable puesto que no es una invención; es una creación artistica y, como tal, los derechos de la misma sólo pueden ser ejecutados por el autor o bajo su consentimiento. De hecho, este es el debate al que me refería antes (je, je, je)... es el software una invención? (y, por tanto, patentable) o es una creación, una obra? Nota: En España un "programa de ordenador" NO es patentable "per se" (en virtud del Convenio de la Patente Europea).. pero en determinados casos y como parte de una invención sí que se puede patentar el conjunto. Tema interesante, controvertido y que tiene MUCHO que ver con R, con la investigación y con la industria. Un saludo, Miguel. El 17/03/2017 a las 12:52, javier.ruben.marcuzzi en gmail.com<mailto:javier.ruben.marcuzzi en gmail.com> escribió: Estimados Sobre el registros, por estos lados el registro es o no es necesario, depende la persona, en otros términos, supongamos que pinto un cuadro, lo coloco en las redes sociales, hay publicación, pero luego aparece en la tapa de una revista muy cara, en ese caso hay registros que dicen que soy el autor, puedo reclamar, sin embargo estaría complicado que alguien acepte que yo pinte La Geoconda (Monalisa), ahora otro puede presentarse en la oficina de propiedad intelectual y decir que lo que yo escribí (sin nombrarme) es de él, y no nunca me entero hasta que me lo reclame. En Argentina (que funciona distinto o similar) la parte (organismo) del estado se llama IMPI, lleva registros de patentes, logos de empresas, obras de arte, software, base de datos, lógicamente no es necesario avisar al estado la propiedad de una persona como puede ser la de un automóvil o casa, pero se puede realizar el registro, y me comentaron casos reales donde realizando la cola había dos personas para lo mismo, y el primero que llega gana, porque esos trámites tienen fecha y hora de inicio, lógicamente son temas legales, que dependen de cosas que no estamos acostumbrados en esta lista, pero en Argentina si desea puede hacer un registro de su propiedad, pero solo sirve en Argentina. Javier Rubén Marcuzzi De: miguel.angel.rodriguez.muinos en sergas.es<mailto:miguel.angel.rodriguez.muinos en sergas.es> Enviado: viernes, 17 de marzo de 2017 7:27 Para: fjroar en hotmail.com<mailto:fjroar en hotmail.com>; r-help-es en r-project.org<mailto:r-help-es en r-project.org> Asunto: Re: [R-es] Pregunta (debate) sobre licencia R Efectivamente, la protección y cobertura legal, frente al incumplimiento de la licencia, es la misma independientemente del tipo elegido para la obra. En caso de conflicto o incumplimiento, la última palabra la tienen las autoridades competentes. Tampoco es necesario registrarla en ningún sitio (eso se hace en el caso de las patentes, pero esa ya es otra historia -y otro debate-). Un saludo, Miguel. ________________________________ Nota: A información contida nesta mensaxe e os seus posibles documentos adxuntos é privada e confidencial e está dirixida únicamente ó seu destinatario/a. Se vostede non é o/a destinatario/a orixinal desta mensaxe, por favor elimínea. A distribución ou copia desta mensaxe non está autorizada. Nota: La información contenida en este mensaje y sus posibles documentos adjuntos es privada y confidencial y está dirigida únicamente a su destinatario/a. Si usted no es el/la destinatario/a original de este mensaje, por favor elimínelo. La distribución o copia de este mensaje no está autorizada. See more languages: http://www.sergas.es/aviso-confidencialidad [[alternative HTML version deleted]]
javier.ruben.marcuzzi en gmail.com
2017-Mar-17 13:28 UTC
[R-es] Pregunta (debate) sobre licencia R
Estimado Miguel Se entiende lo que usted dice, por estos lados todo está realizado por el IMPI, que es el organismo estatal que tiene como función la protección de lo relacionado a propiedad intelectual, registro de marcas, etc. Hay distintas formas, puse el ejemplo de un cuadro porque en una capacitación donde había una empresa, pequeña, familiar, pero vive de hacer artículos con arcilla, el caso de sus creaciones no eran patentables, pero si por diseño o por la parte de arte, en definitiva tenían dos puertas para acceder a la protección de su creación. Por otro lado, las bases de datos, seguro que sí (por estos lados), el software tiene partes o formas de protección, los procedimientos matemáticos no se patentables, pero sí los industriales, ¿si mi industria es el procedimiento de cálculo?, o algo más controvertido, el ADN no es patentable ni nada que por sí solo se pueda reproducir en la naturaleza, sin embargo hay una ley de semillas y problemas legales de muchos millones con la parte de agricultura de Estados Unidos, nuestras legislaciones son distintas. En lo que a nosotros nos sirve, yo tengo un título que tiene relación médico paciente, se que la base de datos profesional tiene una legislación distinta pero la base de datos puede ser patentada, ahora, se abre una puerta muy grande con R, por dos caminos, uno es el R dentro de sqlserver y creo que oracle también, es decir R como procedimiento almacenado dentro de la base de datos patentada, y por otro lado Microsoft azure anunció la disponibilidad de sus abogados para protección intelectual, aunque desconozco los detalles. Ahora, como compatibilizar la protección o mecanismo ofrecido por Microsoft, la legislación europea, la de Argentina, etc., no tengo ni idea, pero está la posibilidad de ingresar a la protección legal de invención por medio de Estados Unidos, por lo menos ellos tendrían que negociar con cualquiera de nosotros si la posibilidad de Microsoft es viable (no leí los detalles de sus ofrecimientos). ¿Alguno de ustedes exploró azure como protección?, ¿El ofrecimiento de Microsoft de su departamento y experiencia legal? Javier Rubén Marcuzzi De: miguel.angel.rodriguez.muinos en sergas.es Enviado: viernes, 17 de marzo de 2017 9:13 Para: javier.ruben.marcuzzi en gmail.com; fjroar en hotmail.com; r-help-es en r-project.org Asunto: Re: [R-es] Pregunta (debate) sobre licencia R Hola Javier. No hay que confundir el registro de patentes (que tiene que ver con las "invenciones") o, como lo llama vuestro INPI, "la propiedad industrial", con los derechos de autor de una obra. La Monalisa no es patentable puesto que no es una invención; es una creación artistica y, como tal, los derechos de la misma sólo pueden ser ejecutados por el autor o bajo su consentimiento. De hecho, este es el debate al que me refería antes (je, je, je)... es el software una invención? (y, por tanto, patentable) o es una creación, una obra? Nota: En España un "programa de ordenador" NO es patentable "per se" (en virtud del Convenio de la Patente Europea).. pero en determinados casos y como parte de una invención sí que se puede patentar el conjunto. Tema interesante, controvertido y que tiene MUCHO que ver con R, con la investigación y con la industria. Un saludo, Miguel. El 17/03/2017 a las 12:52, javier.ruben.marcuzzi en gmail.com escribió: Estimados Sobre el registros, por estos lados el registro es o no es necesario, depende la persona, en otros términos, supongamos que pinto un cuadro, lo coloco en las redes sociales, hay publicación, pero luego aparece en la tapa de una revista muy cara, en ese caso hay registros que dicen que soy el autor, puedo reclamar, sin embargo estaría complicado que alguien acepte que yo pinte La Geoconda (Monalisa), ahora otro puede presentarse en la oficina de propiedad intelectual y decir que lo que yo escribí (sin nombrarme) es de él, y no nunca me entero hasta que me lo reclame. En Argentina (que funciona distinto o similar) la parte (organismo) del estado se llama IMPI, lleva registros de patentes, logos de empresas, obras de arte, software, base de datos, lógicamente no es necesario avisar al estado la propiedad de una persona como puede ser la de un automóvil o casa, pero se puede realizar el registro, y me comentaron casos reales donde realizando la cola había dos personas para lo mismo, y el primero que llega gana, porque esos trámites tienen fecha y hora de inicio, lógicamente son temas legales, que dependen de cosas que no estamos acostumbrados en esta lista, pero en Argentina si desea puede hacer un registro de su propiedad, pero solo sirve en Argentina. Javier Rubén Marcuzzi De: miguel.angel.rodriguez.muinos en sergas.es Enviado: viernes, 17 de marzo de 2017 7:27 Para: fjroar en hotmail.com; r-help-es en r-project.org Asunto: Re: [R-es] Pregunta (debate) sobre licencia R Efectivamente, la protección y cobertura legal, frente al incumplimiento de la licencia, es la misma independientemente del tipo elegido para la obra. En caso de conflicto o incumplimiento, la última palabra la tienen las autoridades competentes. Tampoco es necesario registrarla en ningún sitio (eso se hace en el caso de las patentes, pero esa ya es otra historia -y otro debate-). Un saludo, Miguel. Nota: A información contida nesta mensaxe e os seus posibles documentos adxuntos é privada e confidencial e está dirixida únicamente ó seu destinatario/a. Se vostede non é o/a destinatario/a orixinal desta mensaxe, por favor elimínea. A distribución ou copia desta mensaxe non está autorizada. Nota: La información contenida en este mensaje y sus posibles documentos adjuntos es privada y confidencial y está dirigida únicamente a su destinatario/a. Si usted no es el/la destinatario/a original de este mensaje, por favor elimínelo. La distribución o copia de este mensaje no está autorizada. See more languages: http://www.sergas.es/aviso-confidencialidad ------------ próxima parte ------------ Se ha borrado un adjunto en formato HTML... URL: <https://stat.ethz.ch/pipermail/r-help-es/attachments/20170317/10956e43/attachment-0001.html> ------------ próxima parte ------------ A non-text attachment was scrubbed... Name: 2368B0E23C6B4154A1668B015983ABA2.png Type: image/png Size: 148 bytes Desc: no disponible URL: <https://stat.ethz.ch/pipermail/r-help-es/attachments/20170317/10956e43/attachment-0001.png>